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TALENTO HUMANO

Cesantías

Las cesantías son una prestación social que la Universidad de Santander paga a sus trabajadores, este monto equivale a un mes de salario adicional por cada año que el colaborador preste sus servicios con la Institución.    

En caso de que el contrato sea inferior a un año o por periodo académico (Profesores), el auxilio de cesantías se pagará en la liquidación del contrato.

Recuerda que:   

  • Usted tiene derecho a elegir, antes del 31 de noviembre, el Fondo de Cesantías en el que desee que se consignen las cesantías. Esta decisión se debe comunicar formalmente a la oficina de Talento Humano.   
  • Las cesantías se liquidan anualmente al 31 de diciembre y se consignan en un Fondo de Cesantías antes del 15 de febrero del siguiente año (Ley 50 de 1990).
  • Usted puede realizar retiros parciales y/o totales de acuerdo con lo establecido por la ley.

Nota. En todo caso a excepción del retiro parcial de cesantías por educación, será necesario adjuntar el certificado bancario que refleje la titularidad de la cuenta.

¿Conoce los requisitos y como solicitar el retiro parcial de sus cesantías? le invitamos conocer y seguir las indicaciones de la

GUÍA PARA LA AUTORIZACIÓN DE CESANTÍAS

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